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Nuevos Decretos municipales por apertura de turismo y reuniones

El Departamento Ejecutivo Municipal rubricó sendos Decretos en consonancia con lo que se planteó desde Nación y Provincia. Se autoriza la reapertura del Turismo, se amplían los horarios para hotelería, restoranes, bares. También se adhiere a la flexibilización del DISPO, con protocolos.

La Municipalidad de Diamante rubricó, este viernes, los Decretos N° 477 y 478 donde se adhiere y acompaña las normativas impulsadas por normas de orden Nacional y Provincial.

El primero de ellos –N°477- autoriza “la reapertura del turismo dentro de la Ciudad de Diamante, adoptando y manteniendo las medidas que contribuyan a evitar la circulación del virus COVID 19, adhiriendo a la normativa provincial”.

De la misma manera, “autorizar la apertura de los locales comerciales que tengan por finalidad el turismo en la ciudad; y ampliar el horario de Atención al Público de Restaurant, Comedores, Locales de ventas de Comidas al paso o anexadas a Estaciones de Servicios de combustibles, Heladerías y/o Cafeterías y Bares hasta las 03. 00 hs., sin más restricciones que el cumplimiento de los protocolos vigentes.-

Por otra parte, el Decreto 478 indica que “Entre Ríos se encuentran en la etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO); Que las medidas conocidas para disminuir la trasmisión del virus son el respeto a las medidas de distanciamiento físico, el lavado de manos frecuente, la limpieza y desinfección de superficies, la utilización de tapabocas/ barbijo cuando se está cerca de otras personas y la ventilación de los ambientes. Para lograr este objetivo es importante contar con la responsabilidad de cada ciudadano

Se adhiere al DNU 956/2020 que, entre otras cosas, permite “reuniones sociales, recreativas, religiosas, familiares y actividades en general de hasta 20 personas en espacios cerrados; eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre hasta 100 personas; prácticas deportivas en lugares cerrados hasta 10 personas”.

Que las presentes medidas quedan supeditadas a la evolución de la situación Epidemiológica Generada por el COVID-19.