Ayer se conoció una información oficial de la que surge que no habría grabaciones, ni registros fílmicos o digitales de las declaraciones efectuadas por los arrepentidos del caso conocido como “los cuadernos del chofer Centeno” que llevaron adelante el entonces juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli.
La constancia surge de un informe del propio juzgado federal 11 donde tramitó la instrucción de la causa, actualmente a cargo del juez Marcelo Martínez de Giorgi, en el que se oficializa que nunca fueron registradas las declaraciones que hicieron los imputados colaboradores.
La Cámara de Casación había solicitado esas grabaciones tras una audiencia en la que defensores plantearon la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido y las irregularidades que se habían cometido en su aplicación en el caso.
Ahora el fiscal Pleé fijó su posición. “Hágole saber al Tribunal que los registros de todas las colaboraciones prestadas por imputados que se acogieron al régimen de la Ley 27.304 fueron agregados bajo la forma de actas en sus respectivos legajos, las que se encuentran rubricadas por esos imputados, sus abogados defensores y los fiscales de la primera instancia; legajos en los que también están anexadas las actas de homologación suscriptas por las mismas personas y por el juez de la primera instancia, quedando así homologados los acuerdos referidos”, sostuvo Plee en un dictamen.
Advirtió el fiscal que esos legajos están ahora en poder del Tribunal Oral Federal n° 7, que debe llevar adelante el juicio oral, aún sin fecha, y que los mismos están “digitalizados y disponibles para todas las partes”.
El fiscal considera que el reclamo que se viene realizando por las grabaciones de los imputados colaboradores no tiene relación con el pedido de inconstitucionalidad de la ley del arrepentido que debe resolver Casación.
“Este Ministerio Público Fiscal ha de requerir que se dejen sin efecto tanto los requerimientos a las distintas autoridades judiciales dispuestos como medida para mejor proveer, cuanto la suspensión de las deliberaciones y, sin más dilaciones, se dicte resolución en este legajo en tanto lleva más de un año de trámite en esta instancia”, dice el dictamen firmado por Pleé.
Fuente:(ambito)