AFIP prorrogó el pago del anticipo de Ganancias pero adelantó la fecha de presentación de declaraciones juradas
La resolución establece nuevas fechas de vencimiento excepcionales para los anticipos de impuestos a las ganancias y bienes personales de 2024, facilitando un cronograma más flexible para personas y sucesiones indivisas.
Al mismo tiempo, se modificó el plazo para la presentación de la declaración jurada anual que quedó con vencimiento en mayo para presentar la declaración jurada anual del impuesto a las ganancias. También menciona que se suspenden temporalmente algunas formas de pago para el primer anticipo, como el débito automático y el pago telefónico con tarjeta de crédito.
Así quedaron las fechas
Impuesto a las Ganancias:
Primer Anticipo:
- Terminación CUIT 0-3: 13/11/2024
- Terminación CUIT 4-6: 14/11/2024
- Terminación CUIT 7-9: 15/11/2024
Segundo Anticipo:
- Terminación CUIT 0-3: 13/12/2024
- Terminación CUIT 4-6: 16/12/2024
- Terminación CUIT 7-9: 17/12/2024
Tercer Anticipo:
- Terminación CUIT 0-3: 13/02/2025
- Terminación CUIT 4-6: 14/02/2025
- Terminación CUIT 7-9: 17/02/2025
Cuarto Anticipo:
- Terminación CUIT 0-3: 13/03/2025
- Terminación CUIT 4-6: 14/03/2025
- Terminación CUIT 7-9: 17/03/2025
Quinto Anticipo:
- Terminación CUIT 0-3: 14/04/2025
- Terminación CUIT 4-6: 15/04/2025
- Terminación CUIT 7-9: 16/04/2025
Impuesto sobre los Bienes Personales
Las fechas de vencimiento del primer y segundo anticipo para el período fiscal 2024 fueron modificadas, con un carácter excepcional, dado que originalmente vencían en agosto y octubre de 2024.
Primer anticipo
- Terminación CUIT 0-3: 14/10/2024
- Terminación CUIT 4-6: 15/10/2024
- Terminación CUIT 7-9: 16/10/2024
Segundo Anticipo:
- Terminación CUIT 0-3: 13/11/2024
- Terminación CUIT 4-6: 14/11/2024
- Terminación CUIT 7-9: 15/11/2024
La resolución entra en vigencia a partir de su fecha de publicación en el Boletín Oficial y fue firmada por Florencia Lucila Misrahi, administradora federal de la ARCA.
Fuente: Ámbito