Prohibieron la fabricación y venta de dos marcas de aceites de oliva
No cumplían con los requisitos sanitarios correspondientes. Se tomó la medida por “tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y comercialización de dos aceites de oliva que no cumplen con los requisitos sanitarios establecidos.
Esta medida tiene como objetivo “garantizar la seguridad alimentaria y proteger la salud de los consumidores en todo el país”.
Marca Olivares
La disposición 9408/2024 establece que “prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto rotulado como ‘Aceite de oliva virgen extra marca Olivares, de primera prensada y con extracción en frío, elaborado y envasado por Finca Olivares, provincia de La Rioja, RNE 02-351993 – RNPA 02-751603’”.
Según la Anmat, la medida se fundamenta en que el aceite de oliva “carece de registros sanitarios de establecimiento y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Este hallazgo se produjo tras una investigación iniciada por el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), que había consultado sobre el producto a la Coordinación Provincial de Salud Ambiental de Río Negro.
Detalles sobre la prohibición
La Anmat también hizo hincapié en que la decisión de prohibir la producción y venta de este aceite de oliva se debe a que “se trata de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”.
Esto significa que no se puede garantizar su trazabilidad, lo que es fundamental para asegurar que los alimentos sean seguros y de calidad.
“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo del producto ilegal, toda vez que se trate de un producto alimenticio que carece de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea”, concluyó la Anmat.
La Almazara
Asimismo, en una medida similar, la Anmat emitió la disposición 9416/2024, que prohíbe la producción y venta de “Aceite de oliva extra virgen, marca La Almazara, RNE 02393893, RNPA 03426812, elaborado y fraccionado en origen por Olivares La Almazara, Chacra de Coria, Mendoza”.
En este caso, la investigación fue iniciada tras una notificación de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba, que alertó sobre irregularidades similares en el producto.
Fuente: El once