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La inhabilitación de Cristina Kirchner como candidata: la discusión que recién empieza

Vialidad terminará en la Corte Suprema pero se adelantará la discusión si la expresidenta amaga con ser candidata en 2025 y si es posible que le intenten aplicar una imposibilidad para presentarse a elecciones. Doble juego de la política y un tramo del fallo que la beneficia en otras causas.

La Cámara Federal de Casación Penal no ofreció sorpresas respecto a la confirmación de las condenas y las absoluciones en el caso Vialidad. Lo relevante aparece en la discusión que se dará a partir de ahora, con la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos para Cristina Kirchner. Es decir, a ser elegible como candidata, un dilema que también es jurídico. El presidente Javier Milei se apuró a compartir un posteo de una cuenta fervorosamente antikirchnerista respecto a la ratificación de la condena a 6 años de prisión. Agregó en su cita la palabra «Fin». En realidad, es el principio.

El delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del Estado que le endilgan trae aparejada la inhabilitación por su calidad de funcionaria pública. Pero las partes podrán presentar un pedido de recurso extraordinario para alcanzar a la Corte Suprema. En este tipo de casos, el doble conforme se traslada al Máximo Tribunal y solo hasta que se expida podría considerarse «firme» la sentencia, y por ende, ejecutable la pena.

Pero aquí es donde se empieza a cruzar la política en varios ángulos: el antikirchnerismo buscará sancionar en el Congreso el proyecto de ley de Ficha Limpia, una barrera de entrada para cualquiera que pretenda candidatearse con una condena dictada por un tribunal de alzada. Casación lo es. No hay muchos en esa condición y con votos para hacerlo, por lo que casi tiene nombre propio. Pero si ese intento fracasara, la discusión por venir -que se trasladará a tribunales si Cristina amaga con candidatearse de cara al 2025- es si la inhabilitación podría adquirir autonomía por sí misma, más allá de que el delito que la contiene no quede firme porque la Corte Suprema (sin plazos) no se expidió sobre el fondo de la cuestión.